El Premio mensual a la asistencia en el Convenio de Viña se reconocerá un premio mensual a la asistencia completa, consistente en el 5% del sueldo mensual del operario común al ingreso, y para cuya percepción regirán las siguientes condiciones :
1) Asistencia completa en el mes.
2) Cuando las faltas de asistencia sean justificadas exclusivamente por : vacaciones anuales, licencia por casamiento, nacimiento de hijos, fallecimiento de padres, padres políticos , hermanos, hijos y cónyuge; accidentes del trabajo, enfermedad con internación o pos-operatorio; «accidentes climáticos», se aclara que el trabajador deberá hacerce presente en le establecimiento y el empleador determinará si le da tareas o no.
Descargue la resolución al respecto